sábado, 6 de febrero de 2010

El Contrato de Mutuo

Es un contrato por medio del cual una persona, física o moral, se obliga a transferir a otra la propiedad de algo, y esta última se obliga a devolver otro tanto de la misma especie.

Las características de este tipo de contrato son: Es translativo de dominio, puede ser gratuito u oneroso, es bilateral y consensual en opción a real y formal

El contrato de mutuo puede ser civil o mercantil. Seria civil cuando las cosas objeto del contrato se destinen exclusivamente a actos de comercio y se presume mercantil cuando adicionalmente se celebra entre comerciantes. Además puede realizarse en forma simple (solamente restituyendo la cosa) o estipulando una compensación, generalmente considerada como pago por el disfrute del valor dado en mutuo además de la restitución correspondiente.

Definicion de Fideicomiso

El fideicomiso es un figura jurídica por medio del un bien o propiedad de una persona física -o moral- se retienen para su entrega, a sus beneficiarios, en una fecha determinada.

Consiste en deja un bien con un propósito determinado en beneficio de alguien, esto bajo el encargo a un tercero que se encargará de realizar los actos tendientes al cumplimiento del objeto del mismo. Más simple: Dejar encargado un bien a una persona para entregárselo, en una fecha determinada, a su beneficiario.

Una definición vista desde el marco legal seria que se está ente un fideicomiso cuando una persona (fiduciante) transmita la propiedad fiduciaria de bienes determinados a otra (fiduciario), quien se obliga a ejercerla en beneficio de quien se designe en el contrato (beneficiario), y a transmitirlo al cumplimiento de un plazo o condición al fiduciante, al beneficiario o a otro fideicomisario.
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